APYMEC revisa con una veintena de empresarios los requisitos de clasificación del contratista
15/11/2013
La Asociación de Empresas de la Construcción y Afines de la provincia de Cuenca, en colaboración con CEOE CEPYME Cuenca, ha realizado una jornada informativa mediante la que ha informado de las obligaciones que establece La Ley de Contratos del Sector Público.
La Asociación de Empresas de la Construcción y Afines de la provincia de Cuenca ha realizado una jornada informativa que bajo el título ‘Requisitos para al mantenimiento de la clasificación del contratista: Las declaraciones de solvencia económico-financiera y técnica y profesional’ ha informado a una veintena de empresas del sector sobre esta legislación.
La jornada fue impartida por Pedro Luis Molina Martínez, director de la Oficina Auxiliar del Contratista de la Confederación Nacional de la Construcción, licenciado en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid y con gran experiencia en su actual cargo desde 1980, tiempo en el que ha tramitado miles de expedientes con resultado favorable.
Molina estuvo acompañado en la mesa presidencial por el vicepresidente de APYMEC, Álvaro Villaescusa, y el asesor jurídico de la asociación, Antonio Pérez Pinós.
La jornada se inició con una explicación de la Ley de Contratos del Sector Público, pasándose a estudiar en segundo lugar los nuevos procedimientos para el mantenimiento de la clasificación.
Articulado
La Asociación de Empresas de la Construcción y Afines de la provincia de Cuenca destaca la utilidad de esta jornada, puesto que Ley de Contratos del Sector Público establece en su artículo 54 la obligatoriedad de la previa clasificación para poder optar a la contratación de cualquier obra con un presupuesto superior a los 500.000 euros en el ámbito de cualquier administración pública, y para los contratos de servicios este límite se sitúa a partir de los 200.000 euros.
En este sentido, las empresas podrán ser admitidas a la licitación de contratos a partir de determinados umbrales que marca la ley, siendo requisito obligatorio la tenencia previa del correspondiente Certificado de Clasificación, expedido por la Junta Consultiva de Contratación Administrativa.