CEOE CEPYME Cuenca informa de las ayudas para contratos de formación para la obtención de la práctica profesional
01/06/2026
La Confederación de Empresarios de Cuenca apunta que la cuantía de las ayudas es de 8.000 euros por contrato, ampliables según una serie de condicionantes.
CEOE CEPYME Cuenca informa de la concesión de ayudas para la formalización de contratos de formación para la obtención de la práctica profesional.
Estas ayudas son de 8.000 euros por contrato para aquellos contratos con duración mínima de un año que se hayan firmado desde el 1 de octubre de 2025 hasta el 30 de septiembre de 2026.
Estas ayudas pueden incrementarse en 700 euros si la persona a contratar pertenece al colectivo de mujeres con condición de víctimas de violencia de género, personas con discapacidad igual o superior al 33% o personas en situación de exclusión social.
Esta cuantía puede incrementarse en un 20% para aquellas empresas que se desarrollen en núcleos de población definidos como zonas en riesgos de despoblación o municipios de más de 2.000 habitantes definidos como zonas de intensa despoblación.
Por otro lado, el incremento será del 30% si la actividad es en municipios o núcleos de población de menos de 2.000 habitantes definidos como zonas de intensa despoblación o en municipios de más de 200 habitantes definidos como zonas de extrema despoblación.
Podría subir este aumento al 40% para las solicitudes relativas para proyectos en núcleos o municipios de menos de 2.00 habitantes definidos como zonas de extrema despoblación.
Además, cuando la actividad subvencionada se realice en alguno de los municipios considerados como zonas prioritarias, la cuantía se la subvención se incrementará en un 20%.
Plazos
Estas ayudas pueden solicitarse hasta el 30 de octubre de 2026 y deben hacerse esta petición a través del formulario incluido en la sede electrónica de la Junta de Comunidades con el plazo de un mes desde la formalización del contrato y, si es anterior, desde la entrada en vigor de la norma.
Estas contrataciones no incluyen a aquellas que afecten a cónyuge, ascendiente y descendiente hasta segundo grado del empresario, los contratos con miembros de la dirección o consejos de administración y personas que en los seis meses anteriores hubiesen tenido vínculo laboral con la empresa o grupo de empresas.
Estas ayudas se circunscriben a los colectivos subvencionables que son jóvenes mayores de 16 y menores de 30 años inscritos y beneficiarios del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, mujeres que tengan la condición de víctima de violencia de género, personas que tengan un grado de discapacidad igual o superior al 33% o trabajadores en riesgos de exclusión social.