CEOE CEPYME Cuenca señala la puesta en marcha de la convocatoria Adelante Inversión
06/05/2026
Eurocaja Rural ha colaborado con la Confederación de Empresarios de Cuenca en la difusión de esta línea de ayudas que pueden solicitarse hasta marzo del año que viene.
CEOE CEPYME Cuenca señala la puesta en marcha de la Convocatoria Adelante Inversión tras la publicación de la resolución de la Dirección General de Empresas de Consejería de Economía, Empresas y Empleo de Castilla-La Mancha.
La Confederación de Empresarios de Cuenca ha hecho llegar esta información a sus socios a través de una circular informativa enviada gracias a la colaboración de Eurocaja Rural.
Las empresas asociadas ya conocen por tanto esta subvención cuyo plazo de solicitud se prolonga hasta el 15 de mazo del año que viene y amplia el límite máximo de inversión hasta 1.200.000 euros.
Las solicitudes deben presentarse de forma telemática con firma electrónica a través del formulario incluido en la sede digital de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha www.jccm.es.
El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de seis meses a contar desde la fecha de entrada en el registro y el plazo de ejecución de los proyectos subvencionables tendrá una duración máxima de 24 meses.
El procedimiento de concesión de ayuda se tramitará en régimen de procedimiento simplificado de concurrencia, siendo tratados y resueltos los expedientes según se vayan presentando.
Cuantía
En esta convocatoria se ha ampliado el límite máximo de inversión desde los 900.000 a los 1.200.000 euros, siendo la ayuda de un 28% de la misma, si el beneficiario es una microempresa o una pequeña empresa, o de un 18% en el caso de que sea una medina empresa.
Además, se dará una ayuda adicional del 2% de la inversión subvencionable para los proyectos promovidos por pymes vinculados a las prioridades sectoriales de la Estrategia Regional de Especialización Inteligente de Castilla-La Mancha y un 0,5% adicional por cada puesto de trabajo creado a jornada completa.
En todo caso, el importe de la subvención a percibir por la entidad beneficiaria no podrá superar el límite máximo de 400.000 euros.
Además, el volumen de compras en bienes y servicios en el año inmediatamente anterior no puede superar los 250.000 euros y no se incluyen las adquisiciones de inmovilizado.