Publicada el acta de actualización de las tablas salariales del sector del comercio para el año 2026
24/02/2026
La Asociación Provincial del Pequeño y Mediano Comercio de Cuenca señala que es a partir de este momento cuanto entrega el vigor de este acuerdo que forma parte del convenio colectivo del comercio de 2025 a 2028.
La Asociación Provincial del Pequeño y Mediano Comercio de Cuenca señala que ya ha sido publicado por el Boletín Oficial de la Provincia de Cuenca la resolución de la Delegación Provincial de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo por el que se actualiza la tabla salarial de 2026 para el convenio colectivo del comercio
Este aspecto forma parte del convenio colectivo del Comercio que se acordó durante el año pasado y que establece las condiciones laborales para este sector del año 2025 al 2028.
En el documento oficial se señala que conforme a lo previsto en el acta se acuerda la aprobación de la tabla salarial del año 2026 con efectos a 1 de enero de este año con un incremento de un 2%, que toma como base la tabla salarial definitiva del año 2025, según lo establecido en el artículo 64 ‘Incrementos salariales’ del convenio colectivo.
Ahora, al haberse publicado en el mes de febrero la actualización de la tabla salarial para el año 2026, el Departamento Jurídico de CEOE CEPYME Cuenca avisa que se deben tener en cuenta los posibles atrasos que se hayan generado desde el 1 de enero de 2026.
En este sentido, las empresas deben hacer efectiva la aplicación de esta subida salarial en el plazo de dos meses desde el pasado 18 de febrero, fecha de publicación del acta de actualización de la tabla salarial del convenio colectivo de los años 2025 a 2028.
El convenio del sector del comercio es uno de los más importantes a nivel sectorial en la provincia, pues afecta a unas 2.000 empresas y a unas 4.500 personas trabajadoras.
Acuerdo
El convenio colectivo del sector del comercio, además de este incremento para el año 2026, establece que para el año 2027 el aumento del salario de los trabajadores será del 2,5%, también con revisión de tablas hasta un máximo del 1 % si el incremento del Índice de Precios al Consumo el ejercicio anterior supera el 2,5%, mientras que para el año 2028 el aumento del salario establecido es del 3%, aunque en este caso sin revisión salarial.
Por otra parte, en este nuevo convenio se han querido simplificar las categorías profesionales, pasando a su reagrupación en 16 niveles retributivos frente a los 22 existentes hasta ahora.