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PUBLICACIÓN EN EL BOP DEL ACUERDO SOBRE EL INCREMENTO SALARIAL Y APROBACIÓN DE LAS TABLAS 2025-2026 Y EL CALENDARIO LABORAL DEL CONVENIO COLECTIVO DE LA CONSTRUCCIÓN Y OBRAS PÚBLICAS DE LA PROVINCIA DE CUENCA

CEOE CEPYME - PUBLICACIÓN EN EL BOP DEL ACUERDO SOBRE EL INCREMENTO SALARIAL Y APROBACIÓN DE LAS TABLAS 2025-2026 Y EL CALENDARIO LABORAL DEL CONVENIO COLECTIVO DE LA CONSTRUCCIÓN Y OBRAS PÚBLICAS DE LA PROVINCIA DE CUENCA
26/11/2025   El 24 de noviembre de 2025 se ha publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Cuenca el acuerdo de subida salarial y aprobación de Tablas 2025 y 2026, así como el Calendario laboral para el año 2026 del Convenio Colectivo para la Construcción y Obras Públicas de la Provincia de Cuenca para los años 2022 a 2026.

En el Acta que se firmó el 18 de noviembre sobre el acuerdo de subida salarial y aprobación de Tablas 2025 y 2026, y el Calendario laboral para el año 2026, del Convenio Colectivo para la Construcción y Obras Públicas de la Provincia de Cuenca, se destacan los siguientes acuerdos:

 

 

Incremento salarial

 

1)      Las Tablas Salariales Provinciales para el año 2024, se incrementarán con efectos 1 de enero de 2025 en un 0,40 por ciento, sin efectos retroactivos, (como consecuencia de que la suma de la tasa anual del IPC general de los meses de diciembre de los años 2022,2023 y 2024 publicado por el INE se situó en el 11,6 por ciento).

 

Asimismo, la contribución al plan de pensiones para el año 2024 se incrementará en la cantidad correspondiente al otro 0,40 por cierto, sin efectos retroactivos.

 

2)      Las Tablas Salariales Provinciales para el año 2025, se obtendrán al incrementar las tablas salariales provinciales del año 2024 en un 3,5 por ciento.

Asimismo, la contribución al plan de pensiones para el año 2025 se obtendrá de añadir a la contribución al plan de pensiones del año 2024 el 0,50 por ciento del importe de los conceptos salariales de las tablas de 2024 del convenio, en la forma prevista en el artículo 55 del VII CGSC.

 

3)      Las Tablas Salariales Provinciales para el año 2026, se obtendrán de incrementar las tablas salariales del año 2025 en un 3 por ciento.

Asimismo, la contribución al plan de pensiones para este año 2026 se obtendrá de añadir a la contribución al plan de pensiones del año 2025 el 0,25 por ciento del importe de los conceptos salariales de las tablas de 2025 del convenio colectivo que resulte de aplicación, en la forma prevista en el artículo 22 del VII CGSC.

 

Se establece una cláusula de garantía salarial para 2025 y 2026, de manera que si la suma de la tasa anual del IPC general de los meses de diciembre de los años 2025 y 2026, publicado por el INE, se situara en un nivel superior al 7,25 por ciento y siempre con un máximo de 9,25 por ciento, se incrementarán con efectos de 1 de enero de 2027 las tablas salariales del año 2026, sin efectos retroactivos, de manera que el 50,00 por ciento de ese exceso irá en un 50,00 por ciento a incremento de las tablas salariales y el otro 50,00 por ciento a contribución al plan de pensiones de las personas trabajadoras en alta en la empresa a dicha fecha 1 de enero de 2027.

 

La contribución al plan de pensiones se llevará a cabo en los términos y condiciones que se determinan en el Libro Tercero del VII CGSC, y para aquellas personas partícipes que se definen en el mismo.

 

 

El resultado se recoge en los siguientes Anexos:

 

Anexo I: Tabla de Retribuciones 2024

               Tabla de Retribuciones 2024 revisada (+0,4%). Sin efectos retroactivos

               Tabla de Retribuciones 2025 (2024+ 3,5 %).

               Tabla de Retribuciones 2026 (2025 + 3%)

 

Anexo II: Tabla Hora Ordinaria-Hora Extraordinaria 2024

                Tabla Hora Ordinaria-Hora Extraordinaria 2024 revisada (+0,4%)

                Tabla Hora Ordinaria-Hora Extraordinaria 2025 (2024+3,5 %)

                Tabla Hora Ordinaria-Hora Extraordinaria 2026 (2025+ 3%)

 

 

Anexo III: Tabla Plan Pensiones 2024

                 Tabla Plan Pensiones 2024 revisada (+0,4 %). Sin efectos retroactivos

     Tabla Plan Pensiones 2025 (2024+0,5%)

     Tabla Plan Pensiones 2026 (2025+0,25%)

 

Al no tener carácter retroactivo el incremento de 2024, las tablas que debéis tener en cuenta a efectos de aplicación práctica, son las tablas de 2025 y de 2026.

 

Las diferencias en cuanto a la revisión de las tablas salariales de 2025 se abonarán dentro del mes siguiente a su publicación en el BOP de Cuenca.

 

Las contribuciones al Plan de pensiones correspondientes a los meses del año 2025, anteriores a la publicación del Acta 24ª de la Comisión Paritaria del CGSC en el BOE, se ingresarán en la Entidad Depositaria dentro de los 90 días siguientes a dicha publicación. Las contribuciones correspondientes a los meses posteriores a la citada publicación, así como los del año 2026, se ingresarán en la fecha indicada en el artículo 28.4 del Reglamento de Especificaciones del Plan de Pensiones de Empleo Simplificado del Sector de la Construcción.

 

Calendario Laboral

 

Para el año 2026 el Calendario Laboral se ajusta provisionalmente la jornada ordinaria anual en 1.736 horas efectivas.

 

En el caso de que en virtud de modificación legal o en el ámbito del Convenio Estatal el cómputo anual de 1.736 horas varíe, se producirá el consiguiente ajuste al alza o la baja en el plazo de 20 días desde su efectividad.

 

En ausencia de Calendario pactado antes del 30 de enero de 2026 en las empresas con la representación legal de los trabajadores en los centros de trabajo, distribuyendo la jornada laboral, se observará el presente Calendario establecido dentro del marco del Convenio Provincial, y en cada centro de trabajo la empresa expondrá, en lugar visible este Calendario Laboral pactado a nivel de Convenio Colectivo Provincial. Conforme al art. 49, en tal supuesto, en dicho Calendario se establecerían los días laborables y las horas diarias, que no podrán ser más de 9.

 

Dicho Calendario Laboral Provincial aparece en el Anexo IV, con la denominación “Calendario Laboral para el año 2026”.

 

Para consultar su publicación en el BOP de Cuenca:

Pinchar aquí

 

Información de contacto:

C/ Hermanos Becerril, 34 Bajo – 16004 Cuenca

Tel.: (+34) 969 213 315 Fax: (+34) 969 229 616

info@ceoecuenca.org