Recientemente, la normativa laboral se ha visto reformada con cambios significativos para reforzar el derecho de defensa y evitar dilaciones en el proceso social.
INICIO DE DEMANDA
Con las últimas modificaciones, los plazos se han reducido, con el objetivo de agilizar el proceso y garantizar la eficacia del sistema de protección social.
-La demanda podrá presentarse individualmente o de modo conjunto, en un solo escrito o en varios, y en este caso su admisión a trámite equivale a su acumulación. Los procesos que demanden conjuntamente más de 10 actores deberán designar un representante común.
-Si el demandante pretendiese comparecer en juicio asistido de abogado, graduado social, procurador, lo hará constar en la demanda.
-A la demanda se acompañará la documentación justificativa de haber intentado la previa conciliación o mediación. La presentación de la solicitud de conciliación o mediación interrumpe la prescripción o suspende la caducidad de acciones desde dicha presentación, reanudándose al día siguiente de intentar la conciliación o mediación o transcurridos 15 días desde que se presentó, pero no se celebró.
-Con la demanda solo hay que aportar los documentos justificativos, ya no es necesario presentar tantas copias como partes en el proceso.
ADMISIÓN DE LA DEMANDA
Tras la presentación de demanda laboral, el Juzgado le dará tramitación conforme al art. 81 LRJS, donde se regula la admisión de la demanda laboral. Los pasos principales a seguir son los siguientes:
-El Letrado de la Administración de Justicia (LAJ), debe admitir la demanda en un plazo de 3 días desde su recepción, salvo que existan defectos que deban ser subsanados, en ese caso requerirá a las partes.
-De encontrarse correctamente la demanda, el LAJ resolverá la admisión mediante decreto, señalando en la misma resolución el día y la hora para la celebración de los actos de conciliación y juicio, debiendo mediar un mínimo de diez días entre la citación y celebración.
-Si no se hubiera aportado el acta de conciliación en la demanda, se requerirá al demandante para que en el plazo de 15 días aporte la certificación, con apercibimiento de archivo del proceso.
-Si en la demanda se solicitan diligencias de prueba, en el Decreto de admisión se acordará lo que corresponda a su práctica, sin perjuicio de lo que el juez decida sobre su admisión o inadmisión en el acto del juicio.Además, si solicitase la celebración de prueba anticipada o aseguramiento de la prueba, se dará cuenta al Juez para que resuelva en 3 días, debiendo notificar al demandante la resolución judicial.
-Por último, el LAJ requerirá al demandando para que en el plazo de 2 días desde la fecha de notificación de la demanda designe letrado, graduado social o procurador si desea actuar asistido, salvo que litigue por sí misma.
-El juicio se celebrará en un plazo máximo de 30 días desde la admisión de la demanda, lo que implica una agilización significativa del proceso.
-Los actos de conciliación y juicio no podrán suspenderse por incomparecencia del demandado, salvo causas justificativas y en los supuestos legalmente previstos
NOTIFICADA UNA DEMANDA ¿QUÉ TENGO QUE HACER?
Si recibe una demanda judicial de la jurisdicción laboral es muy recomendable contar con asesoramiento legal cuanto antes. Es por este motivo, que nada más que recibas una demanda hay que acudir a un profesional. Contratar un buen abogado lo antes posible es muy beneficioso para preparar tu defensa, ya que los plazos son cortos.
Pero sobre todo, porque deberá designar abogado o graduado social para su defensa en el procedimiento en el plazo de 2 días.
Su abogado o el profesional que haya designado para que le asista será el encargado de contestar a la demanda en el acto del juicio.
Respecto del acto del juicio, una de las novedades más importantes es que las partes deben presentar las pruebas documentales y periciales con al menos 10 días de antelación al juicio y en formato electrónico, salvo excepciones. Este cambio evita dilaciones y suspensiones. El juez decidirá sobre su admisión o inadmisión en el acto del juicio.
En el Jurisdicción Social, los plazos son estrictos y breves por lo que resulta fundamental actual con rapidez. La falta de acción dentro de estos términos puede acarrear consecuencias graves como la pérdida del derecho de defensa o la aceptación tácita de pretensiones de la otra parte.
Por ello, en cuanto se recibe una demanda laboral, es imprescindible acudir de inmediato a un abogado o asesor jurídico quien podrá orientar adecuadamente sobre los pasos a seguir y garantizar que se ejerzan los derechos dentro del marco legal correspondiente.