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CEOE CEPYME Cuenca señala a sus empresas las subvenciones al trabajo autónomo del Gobierno Regional

CEOE CEPYME Cuenca- CEOE CEPYME Cuenca señala a sus empresas las subvenciones al trabajo autónomo del Gobierno Regional
19/04/2025   La Confederación de Empresarios de Cuenca indica que las cuatro líneas de subvención existentes dentro de este programa que ha puesto en marcha la Dirección General de Autónomos, Trabajo y Economía Social.
CEOE CEPYME Cuenca señala a sus empresas las Subvenciones para Impulso al Trabajo Autónomo en Castilla-La Mancha 2025 que ha puesto en marcha el Gobierno Regional.

La Confederación de Empresarios de Cuenca indica las cuatro líneas de subvención existentes dentro de este programa que ha puesto en marcha la Dirección General de Autónomos, Trabajo y Economía Social.

Para optar a estas ayudas se tienen que cumplir una serie de requisitos como estar de alta en el RETA o en la mutualidad correspondiente, que estén al corriente de pago con la Seguridad Social no haber sido sancionados en materia de riesgos laborales y disponer de un plan de PRL y de Igualdad cuando sea exigible.

Además, el importe de estas ayudas se incrementará en un 20% cuando la actividad empresarial se desarrolla en una localidad de más de 2.000 habitantes definida en una zona de intensa despoblación, un 30% cuando se desarrollen en municipios de menos de 2.000 habitantes situados en zonas de intensa despoblación y de más de 2.000 definidos como zona de extrema despoblación, y un 40% para aquellas que se desarrollen en pueblos de menos de 2.000 habitantes definidos como zonas de extrema despoblación.

Líneas

La primera línea de subvención es para favorecer la conciliación de la vida laboral, familiar y personal de la persona trabajadora autónoma y para ello la empresa tiene que mantener el contrato de trabajo durante el tiempo de duración de los permisos correspondientes y la cuantía de la subvención ascenderá hasta 1.200 euros al mes.

La segunda línea quiera facilitar la continuidad de los negocios más allá de la vida laboral de la persona promotora y para ello este negocio tiene que tener una antigüedad mayor a 3 años en el momento de la nueva alta en el RETA.

A este respecto, no pueden haber transcurrido más de seis meses entre la baja del antiguo titular y el alta del nuevo, siendo la cuantía de 6.000 euros con el fin de compensar el valor equivalente al traspaso y la escritura pública.
La tercera línea se destina a ayudar al familiar colaborador de la persona trabajadora autónoma y para ello el beneficiario tiene que mantener el alta en el RETA o en el colegio profesional durante 24 meses después a la formalización de la transmisión, siendo la cuantía de esta subvención de 3.000 euros.

Por último, hay ayudas para la primera contratación indefinida de personas por cuenta ajena que obligan a mantener este puesto de trabajo al menos durante 36 meses, siendo la cuantía de la subvención hasta un máximo de 9.000 euros con el fin de compensar costes salariales y nóminas de la persona contratada.

Información de contacto:

C/ Hermanos Becerril, 34 Bajo – 16004 Cuenca

Tel.: (+34) 969 213 315 Fax: (+34) 969 229 616

info@ceoecuenca.org