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CEOE CEPYME Cuenca difunde la convocatoria del proyecto Integra 4.0 entre las empresas

CEOE CEPYME - CEOE CEPYME Cuenca difunde la convocatoria del proyecto Integra 4.0 entre las empresas
31/01/2022   La Confederación de Empresarios de Cuenca, con la colaboración de Eurocaja Rural, ha elaborado una circular con los aspectos más importantes de este concurso puesto en marcha por la Diputación Provincial de Cuenca.
La Confederación de Empresarios de Cuenca está difundiendo entre sus empresas la convocatoria de subvenciones del Concurso de Proyectos Innovadores de la Diputación Provincial de Cuenca Integra 4.0

CEOE CEPYME Cuenca ha contado para hacer esta circular con la colaboración de Eurocaja Rural y así hacer llegar estas normas para estas subvenciones en régimen de concurrencia competitiva.

Entre otras particularidades, los proyectos ganadores deberán ponerse en marcha los seis meses siguientes desde la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de la adjudicación de la subvención y del mismo modo deben cumplir la obligación de mantener la actividad que origina la subvención durante al menos seis meses desde el inicio de la misma.

La subvención se adjudicará a aquellas que hayan obtenido mayor valoración según los criterios establecidos en la convocatoria, con un límite fijado de 100.000 euros por cada proyecto y con un máximo del 70% de la inversión subvencionable, siendo a fondo perdido.

En una primera fase los técnicos de la Diputación evaluarán los proyectos presentados y otorgarán una puntuación por cada uno de los criterios y en una segunda se expondrá la idea de negocio ante un jurado.

Gastos subvencionables

Los gastos subvencionables pueden ser las inversiones en activo fjio aunque en el caso de vehículos se admitirán exclusivamente los de uso comercial, atendiendo a los criterios de Hacienda.

Además, pueden ser objeto de subvención los gastos de elaboración del proyecto, siempre y cuando no tenga una antigüedad superior a los 18 meses desde la fecha de la convocatoria, no siendo subvencionable el IVA y demás impuestos.

El coste de adquisición de estos aspectos no podrá superar al de mercado ni tengan una antigüedad superior a los 18 meses, teniendo que ser pagos con anterioridad a la finalización del plazo de justificación.

También quedan fuera de la subvención aspectos como los intereses de las cuentas bancarias, gastos de procedimientos judiciales, alquiler de espacios y maquinaria, comunicación y publicidad, gastos de personal, cuotas de autónomos, suministros, activo circulante o préstamos.

El plazo de la subvención se realizará en dos plazos, por un lado, uno de ellos con carácter anticipado del 70% de la subvención concedida y un segundo por el 30% restante en el plazo de tres meses a contar desde la justificación de la subvención.
 

Información de contacto:

C/ Hermanos Becerril, 34 Bajo – 16004 Cuenca

Tel.: (+34) 969 213 315 Fax: (+34) 969 229 616

info@ceoecuenca.org