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CEOE CEPYME Cuenca señala a sus empresas la Línea para la reestructuración de la deuda financiera

CEOE CEPYME Cuenca- CEOE CEPYME Cuenca señala a sus empresas la Línea para la reestructuración de la deuda financiera
23/03/2021   Eurocaja Rural ha colaborado en la difusión de estas ayudas que está incluida en el Real Decreto de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta en la pandemia de la COVID 19.
La Confederación de Empresarios de Cuenca señala a sus empresarios a través de una circular informativo la línea para la reestructuración de la deuda financiera recientemente aprobada por el Gobierno Central.

Para hacer llegar esta información a todas las empresas, el Departamento Económico de CEOE CEPYME Cuenca ha contado con la colaboración de Eurocaja Rural.

Esta serie de ayudas financieras están incluidas en el Real Decreto de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia del COVID 19 del Gobierno Central.

La Confederación de Empresarios de Cuenca avisa de que estas medidas se aplicarán a las empresas que hayan suscrito operaciones de financiación que cuenten con aval público entre el 17 de marzo de 2020 y el 13 de marzo de 2021.

Eso sí, las condiciones a cumplir y los plazos de vencimiento de los avales otorgados se establecerán por Acuerdo del Consejo de Ministros sin que se requiera desarrollo normativo ulterior para su aplicación.

Eso sí, las empresas deben hacer solicitado previamente esta medida a la entidad financieras y estas haber lo comunicación la formación al ICO de medidas de ampliación de plazos y carencias recogidas en el Real Decreto 34/2020.

Transferencias

En el artículo 9 de esta ayuda se señala que para reducir el endeudamiento el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital podrá realizar transferencias a las empresas y autónomos que cumplan con los requisitos establecidos por el Código de Buenas Prácticas.

La transferencia de ayudas públicas previstas en este artículo se abonarán directamente a través de la entidad concedente de la operación financiera.

Estas transferencias por parte del Estado se producirán dentro de los acuerdos de renegociación de deudas que alcancen los deudores y las entidades financieras acreedoras que a su vez asumirán las reducciones del principal pendiente de préstamo.

La entidad concedente no aplicará comisión alguna por la cancelación anticipada de la deuda realizada con los fondos recibidos correspondiente al apoyo público concedido.

Partidas

Esta línea para la reestructuración de la deuda financiera se crea para atender los gastos derivados de las medidas para la reducción del endeudamiento recogidas en el artículo 9, con una dotación inicial que asciende a 3.000 euros.

Los derechos arancelarios notariales y registrales derivados de la formalización e inscripción de las operaciones recogidas en la línea para la reestructuración de deuda financiera COVID y en el Acuerdo del Consejo de Ministros se bonificarán en un 50%.

En todos los contratos de crédito o préstamo a empresas y autónomos que se encuentren dentro del ámbito de aplicación en la Línea para la reestructuración de la deuda financiera el interés moratorio aplicable será como máximo el resultante de sumar a los intereses remuneratorios pactados en el préstamo un 1% sobre el capital pendiente.

Información de contacto:

C/ Hermanos Becerril, 34 Bajo – 16004 Cuenca

Tel.: (+34) 969 213 315 Fax: (+34) 969 229 616

info@ceoecuenca.org