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JUZGADOS: OBLIGACIÓN DE LAS EMPRESAS DE RELACIONARSE DE MANERA ELECTRÓNICA.

CEOE CEPYME Cuenca- JUZGADOS: OBLIGACIÓN DE LAS EMPRESAS DE RELACIONARSE DE MANERA ELECTRÓNICA.
08/02/2017   La Ley 39/2015 de 2 de octubre de Procedimiento Administrativo de las Administraciones Públicas, ha establecido la obligación para las empresas, entre otros sujetos, de relacionarse de manera electrónica con la Administración.

Como continuación a la Ficha Jurídica publicada por este departamento en el Boletín Jurídico de fecha 23-12-16, en la que se informa de la obligación para las empresas de relacionarse electrónicamente con la administración en general, hoy le hacemos llegar la última información recibida de la Administración de Justicia al respecto.


Obligatoriedad!! Para las empresas, desde el 1 de enero de 2017 es obligatorio comunicarse con la Administración de Justicia por vía electrónica, en todos aquellos procedimientos para los que no sea necesario abogado, procurador o graduado social. Para los casos en los que sea preceptiva su intervención, la comunicación con los juzgados se hará directamente con ellos.

 

Dirección Electrónica Habilitada (DEH) y Sede Electrónica del Organismo Notificante. El Ministerio de Justicia, ha establecido como Sede Judicial Electrónica para esta comunicación, con los órganos judiciales de Baleares, Castilla y Leon, Castilla La Mancha, Extremadura, Murcia, Ceuta, Melilla, además del Tribunal Supremo y Audiencia Nacional, la siguiente dirección https://sedejudicial.justicia.es/.

 

Servicios Disponibles!! Las empresas podrán realizar por vía electrónica, de manera gratuita y durante las 24 horas del día, los siguientes trámites:

• Dar poderes a procuradores y abogados.
• Consultar el estado de sus procedimientos.
• Presentar escritos de demanda o trámite. (esta funcionalidad sólo estará disponible inicialmente para la presentación de escritos iniciadores en procedimientos monitorios en reclamación de deudas).

 

Ojo! Recuerde que estos trámites solo están disponibles para los procedimientos en lo que no es preceptiva la intervención de abogado o procurador.


Resto de Comunidades
. Si usted tuviera necesidad de iniciar cualquiera de los trámites disponibles, con los Órganos judiciales radicados en las Comunidades Autónomas con competencias asumidas en materia de justicia (Andalucía, Aragón, Asturias, Canarias, Cantabria, Cataluña, Galicia, La Rioja, Madrid, Navarra, País Vasco y Valencia), lo tendría que hacer a través de sus respectivas Sedes Electrónicas

 

Único Punto!!!! CEOE ya ha solicitado a la Secretaría de Estado y Administraciones Públicas, que se establezcan los mecanismos adecuados para que todas las Administraciones Públicas, de manera coordinada, procedan a permitir que sus notificaciones electrónicas sean accesibles desde un Único Punto, bien sea a través de la Sede Electrónica del Punto de Acceso General –Carpeta Ciudadana- o bien porque estén depositadas en la Dirección Electrónica Habilitada Única.

Información de contacto:

C/ Hermanos Becerril, 34 Bajo – 16004 Cuenca

Tel.: (+34) 969 213 315 Fax: (+34) 969 229 616

info@ceoecuenca.org