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AYUDAS DE DIPUTACIÓN PARA EL FOMENTO DEL EMPLEO JOVEN ESTABLE EN LA PROVINCIA DE CUENCA 2021

CEOE CEPYME Cuenca- AYUDAS DE DIPUTACIÓN PARA EL FOMENTO DEL EMPLEO JOVEN ESTABLE EN LA PROVINCIA DE CUENCA 2021
23/07/2021   El pasado 14 de julio se publicó en el Boletín Oficial de la Provincia de Cuenca las bases reguladoras y convocatoria para el fomento del empleo joven estable en la provincia de Cuenca.

El pasado 14 de julio se publicó en el Boletín Oficial de la Provincia de Cuenca las bases reguladoras y convocatoria para el fomento del empleo joven estable en la provincia de Cuenca.

 

Estas ayudas son bajo el procedimiento de concurrencia competitiva y los proyectos solicitados se valorarán teniendo en cuenta los criterios de valoración que figuran en las bases.

 

¡¡¡Se recomienda no contratar hasta tener la resolución estimatoria, si se ha contratado antes de dicha resolución, y siempre después de la publicación de estas ayudas, se está asumiendo el riesgo de no tener derecho a subvención¡¡¡.

 

Objeto de la ayuda.

 

          Contratación indefinida a jornada completa de jóvenes, inscritos como beneficiarios en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, que habiten o vayan a habitar en municipios de la provincia de Cuenca que figuran en el Anexo II, los cuales tienen una población inferior o igual a 5.000 habitantes o una población comprendida entre los 5.001 y los 10.000 habitantes con un saldo demográfico negativo en la última década. Debiéndose contratar a la persona en el plazo de un mes desde la resolución de concesión.

 

Beneficiarios.

 

          Empresas, ya sean persona física como jurídica.

          Sociedades laborales o Cooperativas.

          Comunidades de Bienes, sociedades civiles, UTEs, y las entidades sin ánimo de lucro.

 

Personas a contratar

 

          Personas jóvenes, mayores de 16 años y menores de 30 años, incluidas las personas con discapacidad, no ocupadas y no integradas en los sistemas de educación o formación, independientemente de su nivel formativo, que estén inscritas en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, y que reúnan, en el día natural anterior a la fecha de formalización del contrato los requisitos.

          No obstante, las personas jóvenes, una vez cumplidos 30 años, podrán ser destinatarias de las actuaciones previstas en esta convocatoria si inician su participación antes de que transcurran 4 meses.

          Los jóvenes beneficiarios de este proyecto deberán residir durante todo el periodo de vigencia de la subvención en alguno de los municipios de la provincia de Cuenca que figuran en el Anexo II. En este sentido, podrán participar en esta subvención tanto las personas jóvenes ya residentes como aquellos que retornen o se instalen en estos municipios.

 

Requisitos y Obligaciones Generales

 

          Que el puesto de trabajo objeto de subvención se genere en un centro de trabajo situado en cualquiera de los municipios de Cuenca indicados en el Anexo II.

          Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, así como encontrase al corriente en el pago.

          No estar incurso en los supuestos de incompatibilidades que contempla la ley 11/2003 del Gobierno y Consejo Consultivo de CLM.

          Contar con un Plan de Prevención de Riesgos Laborales.

          No haber sido sancionados por infracción grave o muy grave en materia de Prevención de Riesgos.

          No haber sido nunca objeto de sanción administrativa firme ni de sentencia condenatoria por prácticas laborales discriminatorias.

          Mantener el puesto de trabajo por un periodo mínimo de 12 meses.

          Dar difusión y publicidad de la cofinanciación del proyecto por el FSE, así como incluir en el contrato la cláusula “La presente acción será objeto de cofinanciación mediante el Programa Operativo de Empleo Juvenil en un porcentaje máximo del 91,89% sobre los costes totales de la misma”.

 

Exclusión de las subvenciones.

 

          En ningún caso será objeto de ayuda:

 

          a) Las contrataciones que afecten al cónyuge, ascendientes, descendientes y demás parientes por consanguinidad o afinidad, hasta el segundo grado inclusive, del empresario o de quienes tengan el control empresarial, ostenten cargos de dirección o sean miembros de los órganos de administración de las entidades o de las empresas que revistan la forma jurídica de sociedad.

No operarán las citadas exclusiones, cuando se acredite mediante certificación de empadronamiento que la persona a contratar no convive con el empresario o con las personas indicadas en el apartado anterior.

          b) Los contratos que se formalicen con quienes ostenten cargos de dirección o sean miembros de los órganos de administración en las empresas que revistan la forma jurídica de sociedades mercantiles u otras entidades.

          c) Las relaciones laborales de carácter especial.

          d) Las contrataciones que se realicen con trabajadores que, en los seis meses anteriores a la fecha de la contratación hubiesen tenido un contrato laboral en la misma entidad, empresa o grupo de empresas. Esto será también de aplicación en el supuesto de haber tenido un contrato laboral anterior con empresas en las que se haya producido una sucesión empresarial.

 

Plazo y forma de presentación.

 

Se establecen dos plazos de presentación de solicitudes:

- Primer plazo de solicitud: En el plazo de 20 días hábiles desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria y de su extracto en el Boletín Oficial de la Provincia.

- Segundo plazo de solicitud: En el plazo de los primeros días 20 hábiles del mes de septiembre de 2021.

Las solicitudes se presentarán través del formulario denominado Anexo I incluido en la sede electrónica del Patronato de Desarrollo Provincial de la Diputación Provincial de Cuenca (https://sedepdp.dipucuenca.es )

 

Cuantía de las ayudas.

 

          Se subvencionará la formalización de contratos laborales indefinidos, a tiempo completo, con una cantidad de 5.700 euros por contrato.

 

Concesión y Pago.

 

          Se establece el siguiente régimen de pago:

 

- Un primer pago, en concepto de anticipo consistirá en el sesenta por ciento de la subvención concedida y se abonará junto con la presentación de la comunicación de inicio del proyecto (Anexo IV) y de las contrataciones.

 

- Un segundo pago que consistirá en el cuarenta por ciento de la subvención concedida y se abonará una vez presentada la justificación de finalización del proyecto conforme al Anexo VII y se compruebe la realización de la actuación conforme a lo establecido en la normativa reguladora de la subvención.

 

          En el plazo máximo de un mes desde la notificación de la resolución de concesión, las entidades beneficiarias deberán remitir al órgano competente para resolver, la comunicación del proyecto solicitado, considerando como tal inicio la/s contratación/es de las personas jóvenes pertenecientes al colectivo, que incluirá las declaraciones y autorizaciones necesarias de las personas contratadas, al que se adjuntará la documentación citada en las bases.

 

La presente circular no deja de ser un resumen la norma reguladora, con lo cual todo el contenido de la misma puede tener matices, por lo que se aconseja revisar y leerse la propia norma

Información de contacto:

C/ Hermanos Becerril, 34 Bajo – 16004 Cuenca

Tel.: (+34) 969 213 315 Fax: (+34) 969 229 616

info@ceoecuenca.org