Noticias relacionadas

Canal del Informante
Canal del Informante
Spot Asamblea General 2022
Spot Asamblea General 2022
Informe  Socioeconómico 2022
Informe Socioeconómico 2022
Informe Estratégico Cuenca
Informe Estratégico Cuenca
Memoria Anual 2022
Memoria Anual 2022
CALENDARIO LABORAL 2024
CALENDARIO LABORAL 2024
CUENCA PIENSA
CUENCA PIENSA
Ley de Transparencia Ceoe Cepyme Cuenca
Ley de Transparencia Ceoe Cepyme Cuenca
Política de calidad, medio ambiente, prevención de riesgos laborales y seguridad de la información
Política de calidad, medio ambiente, prevención de riesgos laborales y seguridad de la información

Noticias CEOE CEPYME Cuenca

Texto
Fecha
RadDatePicker
RadDatePicker
Open the calendar popup.

SUSPENSIÓN CAUTELAR DE MEDIDAS ESPECIALES PARA LA ITV

CEOE CEPYME Cuenca- SUSPENSIÓN CAUTELAR DE MEDIDAS ESPECIALES PARA LA ITV
19/10/2020   Con fecha de 14 de octubre de 2020, el Tribunal Supremo suspende cautelarmente, de nuevo, el apartado segundo de la Orden SND 413/2010, de 15 de mayo, por la que se establecen medidas especiales para la Inspección Técnica de Vehículos (ITV) por el Estado de alarma.

 

La aprobación de esta medida por parte del Alto Tribunal viene a raíz de la petición de FEAT de suspender cautelarmente la aplicación del apartado segundo de la Orden de Sanidad.

 

El apartado suspendido dispone que se tomará como referencia la fecha de validez que conste en la tarjeta ITV y no computará, en ningún caso, la prórroga de los certificados concedida como consecuencia de la declaración del estado de alarma.

 

La suspensión de la ejecutividad de los actos recurridos es una medida provisional establecida para garantizar la efectividad de la sentencia que en su día pueda recaer en el proceso principal.

 

Si el recurso fuera finalmente desestimado el único efecto de las medidas provisionales solicitadas habría sido posponer la aplicación de la disposición controvertida. En cambio, si el recurso es finalmente estimado, la aplicación inmediata de tales disposiciones podría perjudicar de una manera irremediable el derecho de los afectados.

 

En conclusión, a los vehículos, tras la publicación de este Auto, que pasen la ITV habiéndose acogido a la prórroga establecida por la Orden de Sanidad (se podían acoger aquellos vehículos que les caducase la ITV entre el 14 de marzo y el 20 de junio), se les aplicará, de forma cautelar hasta que no se dé una sentencia definitiva, la fecha en que pasan la ITV para el cálculo de la próxima revisión.

 

Se adjunta el Auto: 137.AUTO - MEDIDA CAUTELA ITV.pdf

Información de contacto:

C/ Hermanos Becerril, 34 Bajo – 16004 Cuenca

Tel.: (+34) 969 213 315 Fax: (+34) 969 229 616

info@ceoecuenca.org