Noticias relacionadas

Canal del Informante
Canal del Informante
Spot Asamblea General 2022
Spot Asamblea General 2022
Informe  Socioeconómico 2022
Informe Socioeconómico 2022
Informe Estratégico Cuenca
Informe Estratégico Cuenca
Memoria Anual 2022
Memoria Anual 2022
CALENDARIO LABORAL 2024
CALENDARIO LABORAL 2024
CUENCA PIENSA
CUENCA PIENSA
Ley de Transparencia Ceoe Cepyme Cuenca
Ley de Transparencia Ceoe Cepyme Cuenca
Política de calidad, medio ambiente, prevención de riesgos laborales y seguridad de la información
Política de calidad, medio ambiente, prevención de riesgos laborales y seguridad de la información

Noticias CEOE CEPYME Cuenca

Texto
Fecha
RadDatePicker
RadDatePicker
Open the calendar popup.

CEOE CEPYME Cuenca traslada las condiciones de movilidad señaladas por el Real Decreto del 25 de marzo

CEOE CEPYME Cuenca- CEOE CEPYME Cuenca traslada las condiciones de movilidad señaladas por el Real Decreto del 25 de marzo
26/03/2020   La Confederación de Empresarios de Cuenca ha emitido una circular a través de su Departamento Jurídico en la que se dictan instrucciones en materia de transporte por carretera y aéreo.
La Confederación de Empresarios de Cuenca traslada a los empresarios las condiciones de movilidad señaladas por el Real Decreto del 25 de marzo con el fin de aclarar esta situación.

CEOE CEPYME Cuenca ha emitido una circular al respecto a través de su Departamento Jurídico en la que se dictan las instrucciones al transporte por carretera y aéreo en orden de la protección de personas, bienes y lugares.

Esta orden señala que se podrán realizar desplazamientos por las causas recogidas en el artículo 7 del Real Decreto, entre ellas el desplazamiento al lugar de trabajo para hacer su prestación laboral, profesional y empresarial y el retorno al lugar de residencia habitual.

En el caso de ser más de una persona y en vehículos particulares se entiende que se deben seguir las instrucciones de este apartado. Así, en caso de vehículo de cinco plazas en el que vayan dos trabajadores, el pasajero debe ir en la fila de atrás, pero en diagonal para cumplir con el mayor distanciamiento posible, siguiendo las indicaciones dadas por el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales.

Modificaciones

Entre las modificaciones en las condiciones de movilidad, esta circular apunta los desplazamientos llevados a cabo en transporte público de viajeros en vehículos de turismo deberán hacerse individualmente salvo que se acompañe por personas con discapacidad, menores, mayores o por otra causa justificada.

En esa misma línea, informa el Real Decreto que el transporte público privado, privado complementario y particulares de personas en vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor debe llevar a cabo el marco de los supuestos de desplazamientos autorizados el 14 de marzo.

En este sentido se aclara que en los casos en los que deba ir más de una persona por vehículo, se respetará que vaya como máximo una persona por fila de asientos, manteniéndose la mayor distancia posible entre los ocupantes del mismo.

Información de contacto:

C/ Hermanos Becerril, 34 Bajo – 16004 Cuenca

Tel.: (+34) 969 213 315 Fax: (+34) 969 229 616

info@ceoecuenca.org