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PUBLICACION DEL CONVENIO COLECTIVO DE TRANSPORTE DE VIAJEROS PARA LA PROVINCIA DE CUENCA

CEOE CEPYME - PUBLICACION DEL CONVENIO COLECTIVO DE TRANSPORTE DE VIAJEROS PARA LA PROVINCIA DE CUENCA
10/07/2019   Se ha publicado en fecha 17 de junio de 2019 el nuevo Convenio colectivo de transporte de viajeros de Cuenca, que tendrá vigencia desde el 1 de enero de 2018 hasta el 31 de diciembre de 2.019.

Se ha publicado en fecha 17 de junio de 2019 el nuevo Convenio colectivo de transporte de viajeros de Cuenca, que tendrá vigencia desde el 1 de enero de 2018 hasta el 31 de diciembre de 2.019.

 

Ámbito temporal del Convenio: El convenio, que terminó su vigencia el pasado 31 de diciembre de 2017, se ha firmado para los años 2018 y 2019. (hasta el 31 de diciembre de 2019)

 


Subida Salarial.


Para 2018: Pa

ra el ejercicio 2018 ya pasado, se ha acordado mantener invariables las tablas de 2017.

 


Para 2019: Para el año 2019, el incremento salarial pactado ha sido del 3,75 % , con efectos desde el día 1 de enero de 2019.

 


Atrasos. Los atrasos que se han generado desde el día 1 de enero de 2019, se deben abonar en el plazo de 4 meses desde la fecha de la publicación del convenio, es decir, las empresas tendrán de plazo para pagarlos hasta el día 17 de octubre de 2019.

  



Ámbito Sectorial de Aplicación. El Convenio Colectivo de Transporte de Viajeros en la Provincia de Cuenca no tiene una aplicación limitada a las empresas de transporte con flotas de autobuses, sino que su ámbito sectorial se amplía a las siguientes empresas de transportes de viajeros radicadas en nuestra Provincia:

 


- Servicios regulares de Viajeros.
- Servicios discrecionales de Viajeros.
- Servicios coordinados de Viajeros en Autobuses.
- Servicios Urbanos de Viajeros en Autobuses y Microbuses.
- Auto-taxis y gran turismo.
- Vehículos de alquiler sin conductor.
- Servicios de Viajeros con vehículos de motor mecánico, practicado por agencias de viajes.

 


Estructura Salarial. Las nóminas de las empresas del sector deberán contemplar los conceptos de Salario Base, Parte Proporcional de Pagas Extraordinarias en caso de prorrateo (paga de beneficios, de verano y de navidad), Plus Transporte, Plus Convenio, y Antigüedad en su caso.

 


Seguro de Accidentes. Es importante destacar, a efectos de cobertura mediante el pertinente Seguro de Accidentes de Trabajo, que el artículo 23 del convenio regular esta obligación para cubrir, en caso de accidente que provoque Invalidez Permanente o Muerte, las siguientes cuantías:

 


- Invalidez Permanente….24.454,56 €.
- Muerte…………………………24.454,56 €

 


Formación CAP. Las empresas deberán organizar y costear los cursos de formación necesarios para la obtención del Primer Certificado de Aptitud Profesional (CAP), de una duración de 35 horas, y que no se corresponda con la cualificación profesional, así como de proporcionar a su personal la ropa de trabajo adecuada.




El Convenio establece una subida salarial para el año 2019 del 3,75 %, con congelación salarial para el año 2.018 ya pasado, y el plazo para el pago de atrasos es de cuatro meses desde la publicación del convenio, es decir hasta el día 17 de octubre de 2019

 

Información de contacto:

C/ Hermanos Becerril, 34 Bajo – 16004 Cuenca

Tel.: (+34) 969 213 315 Fax: (+34) 969 229 616

info@ceoecuenca.org