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CAMBIOS IMPORTANTES PARA ACCEDER A LA PROFESIÓN DE TRANSPORTISTA: PUBLICADA LA MODIFICACIÓN DEL ROTT.

CEOE CEPYME - CAMBIOS IMPORTANTES PARA ACCEDER A LA PROFESIÓN DE TRANSPORTISTA: PUBLICADA LA MODIFICACIÓN DEL ROTT.
26/02/2019   El 20 de febrero, en el BOE, se ha publicado el Real Decreto 70/2019, de 15 de febrero, por el que se modifica el Reglamento de la Ley de Ordenación del Transporte Terrestre y otras normas reglamentarias en materia de formación de los conductores de los vehículos de transporte por carretera, de documentos de control, de transporte sanitario, de transporte de mercancías peligrosas y del Comité Nacional de Transporte por carretera.

El 20 de febrero, en el BOE, se ha publicado el Real Decreto 70/2019, de 15 de febrero, por el que se modifica el Reglamento de la Ley de Ordenación del Transporte Terrestre y otras normas reglamentarias en materia de formación de los conductores de los vehículos de transporte por carretera, de documentos de control, de transporte sanitario, de transporte de mercancías peligrosas y del Comité Nacional de Transporte por carretera.

 

¿Qué ha motivado este cambio en la normativa de transporte? El Tribunal de Justicia de la Unión Europea declaró en sentencia, la ilegalidad del requisito de los tres camiones para acceder al sector del transporte, concretamente para obtener una autorización de servicio público pesado.

 


Esta Sentencia ha obligado al Gobierno Español a adoptar las medidas necesarias para poner fin al incumplimiento de la normativa europea. Para tal fin, se ha llevado a cabo la modificación del Reglamento de Ordenación de los Transportes Terrestres, en el que se introduce no sólo el cambio respecto al número de camiones necesarios para acceder al mercado, sino también otros importantes cambios que atañen tanto a servicios públicos de mercancías y viajeros, como de acceso a la profesión.

 


Cambios más importantes que ha introducido el Real Decreto70/2019. El cambio más significativo, y que fue el motivo de la controversia resuelta por el TJUE, es del número de camiones necesarios para acceder a la profesión de transportista.

 


Número de camiones para acceder al mercado de transporte: El artículo 44.2 del nuevo Reglamento cambia la obligatoriedad de disponer tres camiones por tan sólo uno, manteniéndose el requisito de que este camión no podrá superar los cinco meses de antigüedad desde su primera matriculación:

 


Quien pretenda obtener una autorización de transporte público de mercancías nueva deberá acreditar que dispone, en los términos previstos en el artículo 38, al menos de un vehículo que, en el momento de solicitar la autorización no podrá superar la antigüedad de cinco meses, contados desde su primera matriculación.

 


Adscripción de nuevos camiones a una autorización o sustitución de vehículos: El apartado 44.2.c) determina que la sustitución deberá ser autorizada por el órgano competente mediante su anotación registral. El otorgamiento de dicha autorización está condicionada, junto al requisito de acreditar la capacidad financiera y los requisitos del artículo 38, a la siguiente disposición:

 


La antigüedad media de la flota adscrita a la autorización después de la incorporación del nuevo vehículo o la sustitución de uno de los que se encontraban adscritos, no podrá superar la que dicha flota tenía antes de la nueva adscripción o sustitución.

 


Conversión de autorizaciones de transporte en vehículos ligeros: La Disposición Transitoria Segunda ha establecido que las autorizaciones de transportes en vehículos ligeros (MDL) que a la fecha de publicación de este Real Decreto (20 de febrero), tuviesen adscrito algún vehículo con una masa máxima superior a 3,5 toneladas quedarán convertidas en autorizaciones de transporte de mercancías en cualquier clase de vehículo (MDP) debiendo realizarse la pertinente anotación por la Oficina Central del Registro de Empresas y Actividades de Transporte.

 


Acreditación de la competencia profesional: Para la obtención del título de competencia profesional será necesario pasar dos pruebas.

 


La primera, tipo test, pasa de las 100 preguntas actuales a las 200, contando cada una de ellas con cuatro alternativas sobre las materias que integran el programa.

 


La segunda prueba consistirá en resolver 4 supuestos prácticos en el que se ofrecerán 8 respuestas alternativas.

 


Ambas pruebas tendrán una puntuación máxima de 200 puntos, siendo necesario obtener una puntuación no inferior a 100 puntos en cada una de las partes.

 


Otras importantes novedades:

 


• La pérdida de la honorabilidad y la consecuente suspensión de la autorización de transporte durante un año se producirá directamente por la comisión de determinadas infracciones muy graves o indirectamente, por la acumulación de otras infracciones muy graves y graves, que se van a registrar en el nuevo Índice de Reiteración Infractora.


• Se articula la figura del gestor de transporte, el actual capacitado, que debe tener una vinculación real y efectiva con la empresa. Se definen sus responsabilidades.


• La tarjeta de transporte deja paso a una autorización digital y el visado lo realiza de oficio la administración de forma electrónica, sin que haya que presentar documentación.


• Cambia el contenido obligatorio del documento de control

 


La modificación más significativa a la hora de acceder a la profesión de transportista, consiste en la necesidad para obtener el título de competencia profesional de disponer como mínimo del título de bachiller o el de FP de grado medio, así como, se elimina el requisito de flota mínima para acceder al mercado y que era de tres camiones en el transporte de mercancías y de cinco autobuses para el transporte de viajeros, lo que permitirá que se pueda acceder con tan solo un vehículo de transporte.

 

Información de contacto:

C/ Hermanos Becerril, 34 Bajo – 16004 Cuenca

Tel.: (+34) 969 213 315 Fax: (+34) 969 229 616

info@ceoecuenca.org