Con la finalidad de dar conocimiento, dada la importancia que puede tener el conocer las festividades en otras comunidades, para aquellas empresas que puedan tener relaciones comerciales con empresas radicadas en otros territorios, se hace llegar el calendario del conjunto de fiestas laborales de la totalidad de las Comunidades Autónomas, así como de la Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla.
Como cada año, con la finalidad de facilitar el general conocimiento en todo el territorio nacional del conjunto de las fiestas laborales, se ha publicado el calendario laboral que se adjunta, de tal forma que junto con la publicación de las fiestas de las Comunidades Autónomas y de las Ciudades de Ceuta y Melilla se transcriban también las fiestas laborales de ámbito nacional de carácter permanente.
Como ya se informó en su momento en Castilla La Mancha los 12 festivos retribuidos y no recuperables de Castilla La Mancha son los siguientes:
• 1 de enero, Año Nuevo.
• 6 de enero, Epifanía del Señor
• 29 de marzo, Jueves Santo.
• 30 de marzo, Viernes Santo.
• 1 de mayo, fiesta del Trabajo.
• 31 de mayo, día de la Región de Castilla La Mancha, en sustitución del descanso laboral correspondiente al día 19 de marzo, San José, y coincidente con la celebraciónde las fiestas del Corpues Christi.
• 15 de agosto, Asunción de la Virgen.
• 12 de octubre, Fiesta Nacional de España.
• 1 de noviembre, Festividad de todos los Santos.
• 6 de diciembre, Día de la Constitución Española.
• 8 de diciembre, Inmaculada Concepción.
• 25 de diciembre, Natividad del señor.
Por último indicarte que a estos 12 festivos se deben sumar 2 festivos de carácter local que cada localidad informará, y que será también objeto de la oportuna publicación. Cuando esto ocurra se comunicará el oportuno calendario laboral definitivo para el año 2018.