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Ley del Tabaco


Según la Ley 28/2005, de 26 de diciembre, de medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco (BOE núm. 309 de 27 de diciembre de 2005), a partir del 1 de enero de 2006 estará totalmente prohibido fumar, entre otros lugares y espacios, en todos los centros de trabajo públicos y privados, salvo en los espacios al aire libre.

Igualmente, en los centros o dependencias en los que existe prohibición legal de fumar deberán colocarse en su entrada, en lugar visible, carteles que anuncien la prohibición del consumo del tabaco y los lugares en los que, en su caso, se encuentran las zonas habilitadas para fumar de acuerdo con la Ley. 

BOE núm. 309 de 27 de diciembre de 2005

INFORMACIÓN MINISTERIO DE SANIDAD Y CONSUMO: 901 445 445 
www.msc.es

* CARTELES DISPONIBLES EN EL MINISTERIO DE SANIDAD Y CONSUMO:
(haga click para abrir la imagen en tamaño grande)

 Cartel CEOE CEPYME CUENCA:

 * Sin perjuicio de los modelos oficiales y obligatorios que determine posteriormente la Junta de Comunidades de CLM

 
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