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CEOE CEPYME Cuenca señala las novedades y cambios en materia fiscal de la Ley de Presupestos Generales para 2022

CEOE CEPYME Cuenca- CEOE CEPYME Cuenca señala las novedades y cambios en materia fiscal de la Ley de Presupestos Generales para 2022
18/01/2022   La Confederación de Empresarios de Cuenca especifica en un documento los cambios que se han producido en el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas, el Impuesto sobre Sociedades y el IVA.
La Confederación de Empresarios de Cuenca señala las novedades y cambios en materia fiscal que introduce la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2020.

Así, el Departamento Jurídico de CEOE CEPYME Cuenca ha realizado un documento en el que especifica los cambios que se han producido en tasas, IRPF, Sociedades e IVA.

Por ejemplo, se modifica el límite general con el que opera la reducción por aportaciones y contribuciones a sistemas de previsión social como planes de pensiones, mutualidades, planes de previsión asegurados como seguros de dependencia severa, rediciéndose de 2.000 a 1.500 euros anuales la cantidad máxima que da derecho a disfrutar de reducción ene l IRPF.

No obstante, en el caso de las aportaciones a planes de pensiones de empresa será posible aportar hasta 10.000 euros, no pudiendo superar la suma de las aportaciones a planes individuales y de empresa el límite de 10.000 euros.

Por su parte se mantienen en 1.000 euros el límite anual máximo de aportaciones con derecho a reducciones realizadas en los sistemas de previsión en favor del cónyuge que no obtenga rendimientos del trabajo ni de actividades económicas o los obtenga en cuantía inferior a 8.000 euros anuales.

Sobre la estimación objetiva por módulos se prorrogan los límites excluyentes del método de estimación objetiva para 2021, quedando fijadas las magnitudes de 150.000 y 75.000 euros en 250.000 y 125.000 euros respectivamente y, asimismo, para dichos ejercicios, la magnitud de 150.000 euros para actividades agrícolas, ganaderas y forestales queda fijada en 250.000 euros.

Sociedades e IVA

En lo referente al impuesto de sociedades, desde el 1 de enero de 2022, las empresas con una cifra de negocios superior a 20 millones de euros o que consoliden fiscalmente, deberán declarara una cuota líquida en el este impuesto del 15% sobre la base imponible y en algunos impuestos se han establecido el porcentaje del 10% en las empresas de reciente constitución.


Sobre el régimen de arrendamiento de viviendas, la bonificación de las entidades dedicadas a esta actividad para determinadas rentas se reduce considerablemente, del 85% al 40%.

Por otra parte, el IVA prorroga para 2022, con vigencia indefinida, los límites del régimen simplificado y del régimen especial de la agricultura, ganaría y pesca, hasta los 250.000 euros como pasa con el IRPF.

Por último, las tasas de Hacienda Estatal elevan los tipos de la cuantía fija hasta la que resulte de la aplicación del coeficiente 1,01 al importe exigible durante el año 2021.

Información de contacto:

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Tel.: (+34) 969 213 315 Fax: (+34) 969 229 616

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