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CEOE CEPYME Cuenca informa que el trabajador asalariado se cuantificará en ERTE en función del número de horas

CEOE CEPYME Cuenca- CEOE CEPYME Cuenca informa que el trabajador asalariado se cuantificará en ERTE en función del número de horas
25/11/2020   La Confederación de Empresarios de Cuenca explica la contestación de la Dirección General de Tributos a una consulta de un empresario sobre cómo deben computarse los trabajadores que se encuentren en expedientes temporales de regulación de empleo.
La Confederación de Empresarios de Cuenca apunta que el personal asalariado se cuantificará en los ERTES en función del número de horas trabajadas anualmente por cada trabajador en la actividad.

De todos modos, se basan en la instrucción por la que se desarrolla el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Persona físicas y el régimen simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido.

Esta respuesta responde a una consulta vinculante a la que ha contestado la Dirección General de Tributos después de una consulta de un empresario sobre cómo deben computarse los trabajadores que se encuentren en expedientes temporales de regulación de empleo.

Este cálculo se hace a efectos de cuantificación del módulo personal asalariado, teniendo en cuenta que el empresario determina el rendimiento neto de la actividad por el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

Por lo tanto, la conclusión es que en el caso de los ERTES, el personal asalariado deberá valorarse exclusivamente por las horas de trabajo efectivo que realicen de acuerdo con las condiciones individuales que afecten a cada trabajador.

Trabajador por trabajador

Esta consulta concluye que, a los efectos de la cuantificación del módulo sobre personal asalariado, él personal deberá valorarse, trabajador por trabajador en función de las condiciones en que se encuentren dentro del expediente temporal de regulación de empleo.

Aclara en este caso que se computarán, exclusivamente, las horas que se deban prestar de trabajo efectivo, no computándose la parte del contrato de trabajo que se encuentre suspendida temporalmente debido a estos expedientes.

Información de contacto:

C/ Hermanos Becerril, 34 Bajo – 16004 Cuenca

Tel.: (+34) 969 213 315 Fax: (+34) 969 229 616

info@ceoecuenca.org